El 17 de diciembre,
el Comité de Representantes Permanentes aprobó un compromiso
acordado con el Parlamento Europeo sobre un proyecto de Directiva
sobre el intercambio transfronterizo de información sobre las
infracciones de tráfico. Una nueva directiva se hizo necesaria
cuando el Tribunal de Justicia dictaminó en mayo pasado que la base
jurídica de la directiva debería ser el transporte, no la
cooperación policial, y ha permitido un año de período de
transición para obtener el nuevo acto jurídico en su lugar.
El
objetivo es mejorar la seguridad vial y garantizar la igualdad de
trato a los conductores, independientemente del Estado miembro en el
que el vehículo es registrado.
Según la Directiva, los Estados miembros podrán acceder a los datos
nacionales de registro de vehículos de cada uno de para rastrear
personas responsables por ciertos delitos que ponen en peligro la
seguridad vial.
Este intercambio de datos abarca ocho principales
delitos relacionados con la seguridad vial: exceso de velocidad, no
usar el cinturón de seguridad,no detenerse en los semáforos rojas,
alcohol al volante, conducir bajo la influencia de drogas, no llevar
casco, utilizanción de un carril prohibido, y utilización ilegal de
un teléfono móvil, o cualquier otra comunicación dispositivo,
mientras se conduce.
Hasta las grandes instancias se equivocan,así que el
Tribunal de Justicia anuló la anterior Directiva mayo 2014 en la
base es que el fundamento jurídico no es el adecuado. Sin embargo,
se concedió un respiro de un año para permitir la adopción de la
nueva directiva. Esto significa que las normas actuales se mantienen
en vigor hasta que una nueva directiva entre en vigor, siempre que
esto ocurra antes de mayo 2015.
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